(28/07/2001)


Concentración en "Las Hoyas" contra los trasvases de agua desde el Noroeste. 

Plataforma del agua del Noroeste
Ecologistas en Acción de la Región Murciana
Izquierda Unida  de la Región Murciana 
Federación de Asociaciones de Vecinos de Murcia
Asociación de Estudiantes de Biología y Ciencias Ambientales EUBACTERIA
Plataforma Pro Rio de Orihuela



Una pancarta de protesta justo en el lugar en que se extrae agua del Segura para los nuevos regadíos y negocios inmobiliarios de Mazarrón y Águilas.

Diversos colectivos vienen varios años denunciando los trasvases para riego desde la comarca del Noroeste, como el de la Loma Ancha de Archivel (Caravaca) a través de los canales del Taibilla para regar en Alhama, el de las filtraciones (aguas claramente púlicas) del pantano del Cenajo desde la finca El Chopillo (Moratalla) para regar en Lo Romero (Murcia y Alicante), propiedad de Mariano Roca Meroño, los del Cerro de Pajares (Moratalla) para regar en San Miguel de Salinas (Alicante), los del acuífero del Molar, sobre el que nos encontramos,(Moratalla y Calasparra) para los Riegos Meridionales (Aguilas y Mazarrón) o el de Bullas, para los "modernos" regadíos de Mula, todos ellos mediante extracciones en unos casos claramente ilegales y en otros de dudosa legalidad, pero siempre con el consentimiento de la CHS y mayoritariamente de las márgenes del rio Segura (Dominio Público Hidráulico). Según estimaciones de la Plataforma del Agua del Noroeste, solo para regar se trasvasan anualmente al menos 18 Hectómetros cúbicos al año de aguas subterráneas de Moratalla y Calasparra utilizando el denominado sistema de "peaje" a través del río Segura y de los canales del Trasvase Tajo-Segura.

En cuanto a los trasvases para abastecimiento a poblaciones, La CHS vulnera nuevamente la Legislación Regional al poner a la venta el agua del acuífero del Sinclinal de Calasparra ya que la Ley 1/95, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia, obliga a someter a evaluación de impacto ambiental (EIA) la "explotación de acuiferos cuando el volumen  anual de extracción sea superior a 500.000 metros cúbicos (medio hectómetro cœbico)." La CHS está vendiendo a Canales del Taibilla en una cuantía de 16 Hm3, es decir, un volumen 32 veces superior a la citada limitación legal sin disponer de la preceptiva (EIA), la cual es imprescindible por ser una exigencia legal y porque está científicamente demostrado, entre otros por el prestigioso hidrogeólogo Rodríguez Estrella que "extraer agua del sinclinal de Calasparra, equivale a quitársela al río Segura"
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Momento de la protesta con la presencia de colectivos de varias organizaciones sociales

Además de los trasvases de aguas subterráneas del Noroeste, en los últimos años ha aumentado considerablemente la sobreexplotación de acuíferos por poner de riego grandes superficies que eran de secano a la entrada en vigor de la ley 29/85 de aguas, en muchos casos con inscripción del aprovechamiento en el registro de la CHS, contraviniendo la disposición Transitoria Tercera de la citada Ley que solo permite la inscripción de los aprovechamientos anteriores a la entrada en vigor de la misma 

Los colectivos presentes en esta concentración, representantes de organizaciones de toda la cuenca del Segura manifestamos lo siguiente: 
 
 
a) La sobreexplotación de acuiferos en la comarca del Noroeste de la Región de Murcia ocasiona inevitablemente mermas en los caudales de los manantiales, arroyos y otros cursos secundarios de agua, lo que determina un grave deterioro medioambiental en la propia comarca y una considerable disminución del caudal del Río Segura del que son afluentes.
b)  Las extracciones para trasvases de agua que se vienen haciendo de las filtraciones del pantano del Cenajo, de las márgenes del Segura, y de los acuíferos relacionados con el mismo no son otra cosa que un saqueo del agua del río cuyos destinatarios no son los usuarios tradicionales de aguas abajo.
c) Entendemos que en la cuenca del Segura, como unidad hidrográfica que es, las acciones que se realizan en una parte repercuten en el resto de la misma. En este sentido, la disminución de caudales del río por extracciones más o menos directas o por sobreexplotación de sus acuíferos . contribuyen enormemente a la grave situación medioambiental que padece el río (sin olvidarnos de los vertidos) y causan graves perjuicios a los intereses y derechos históricos y naturales del resto de usuarios.
d)  El consentimiento de estas prácticas supone una grave dejación de funciones (cuando no connivencia) de la CHS cuyo principal cometido es justo el contrario del que se deduce de su gestión: La conservación del recurso.